EL DESARROLLO SOSTENIBLE Y EL DERECHO CONSTITUCIONAL A UN MEDIO AMBIENTE SALUDABLE – Tema Derecho Ambiental

07/02/2022 às 20:45
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Por Max Elias da Silva Araújo

La búsqueda de conciliar la preservación ambiental con el desarrollo económico corresponde a ser un tema que genera numerosos debates en diferentes segmentos sociales representados por el gobierno, las instituciones empresariales y la sociedad civil, todo en el sentido de lograr un desarrollo sostenible.

Es importante señalar que en lo año de 1987 se presentó el Informe Brundtland por parte de la Comisión Mundial del Medio Ambiente (CMMAD) y en este documento se destacó el término desarrollo sustentable, en el cual relacionó los conceptos de desarrollo y sustentabilidad y lo definió como [1]:

Desenvolvimento sustentável é um processo de transformação no qual a exploração dos recursos, a direção dos investimentos, a orientação do desenvolvimento tecnológico e a mudança institucional se harmonizam e reforça o potencial presente e futuro, a fim de atender às necessidades e aspirações futuras [...] é aquele que atende às necessidades do presente sem comprometer a possibilidade de as gerações futuras atenderem as suas próprias necesidades.

Sucede que el tema de la sustentabilidad ambiental no es sólo un simple objeto de debates jurídicos, políticos y académicos, sino un asunto de necesaria preocupación global, dado que los recursos ambientales no son infinitos, sino escasos.

Dada la escasez de los recursos ambientales, ante las intensas acciones humanas que explotan tales recursos, ha surgido una preocupación a nivel internacional y nacional, que ha generado un alineamiento entre los tratados internacionales y las Constituciones Nacionales.

En esta oportunidad, muchas Constituciones Nacionales han expresado la necesidad de proteger el medio ambiente y colocarlo como un derecho social, ya que entiende que toda persona tiene derecho a un medio ambiente ecológicamente equilibrado, en este contexto conceptual, destaco algunas disposiciones legales de las Constituciones de Costa. Rica [2], Bolivia [3] y Brasil [5]:

CONSTITUCIÓN DE COSTA RICA: DERECHOS Y GARANTIAS SOCIALES. Capítulo Único. Artículo 50. El Estado procurará el mayor bienestar a todos los habitantes del país, organizando y estimulando la producción y el más adecuado reparto de la riqueza. Toda persona tiene derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Por ello, está legitimada para denunciar los actos que infrinjan ese derecho y para reclamar la reparación del daño causado. El Estado garantizará, defenderá y preservará ese derecho.

Nueva Constitución Política Del Estado: SECCIÓN I - Derecho Al Medio Ambiente. Artículo 33. Las personas tienen derecho a un medio ambiente saludable, protegido y equilibrado. El ejercicio de este derecho debe permitir a los individuos y colectividades de las presentes y futuras generaciones, además de otros seres vivos, desarrollarse de manera normal y permanente.

Constitución del Brasil. CAPÍTULO VI. DEL MEDIO AMBIENTE. Art. 225. Toda persona tiene derecho al medio ambiente ecológicamente equilibrado, bien de uso común del pueblo y esencial a una sana calidad de vida, imponiéndose al Poder Público y a la comunidad el deber de defenderlo y conservarlo para el presente y para el presente y generaciones futuras.

Por lo tanto, se observa que los países antes mencionados tienen similitud constitucional específica en cuanto a la remisión del Derecho de todos a un Ambiente saludable y ecológicamente equilibrado, a la protección del medio ambiente, estos juntos son elementos esenciales para la buena calidad de vida de la sociedade, elemento que corrobora para resaltar su carácter constitucional. Ahora, en cuanto al desarrollo económico sostenible, se destaca el entendimiento de que este no puede medirse únicamente sobre la base de la perspectiva económica, sino fundamentalmente en la calidad de vida que viven las personas y el mantenimiento de un medio ambiente ecológicamente equilibrado una vez que es um Derecho Constitucional de todos.

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

[1] NOSSO futuro comum. Rio de Janeiro: Fundação Getúlio Vargas, 1988, p. 1988, p. 46.

[2] Constitución de Costa Rica, disponible en https://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?nValor1=1&nValor2=871

[3] Constitución de Bolivia, disponible en https://bolivia.justia.com/nacionales/nueva-constitucion-politica-del-estado/primera-parte/titulo-ii/capitulo-quinto/seccion-i/#articulo-33

[4] Constitución Federal de la Republica del Brasil, disponible en http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/constituicao/constituicao.htm

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