Sr. Helder de Assis,
O nome do "Museu" onde se encontra essa cópia é o "Archivo General de Simancas". Este Arquivo é um arquivo histórico, acessível apenas a investigadores.
De acordo com um artigo do jornal espanhol ABC, de 24 de Março de 1921, o original foi encontrado em 1580, nas ruinas de um templo, em Aquilae (hoje, L'Aquila), uma pequena provincia da cidade italiana de Abruzzo.
O documento, escrito com caracteres hebraicos em pergaminho e conservado num tubo de ferro, foi considerado por vários eruditos da época como o original da sentença ditada contra Jesus Cristo por Pôncio Pilatos. Dada a importância do documento, foram feitas várias reproduções, uma das quais foi arquivada no conhecido Archivo de Simancas em Espanha.
De acordo com o artigo publicado no Jornal ABC, a sentença foi catalogada com o número 847 da secção de "Asuntos de Estado" e com o número 1, dentre os documentos relativos à cidade de Roma.
O jornal publicou também a tradução literal para o espanhol da sentença:
"En el año XVI de Tiberio César, Emperador de Roma y Monarca Invencible del Universo; durante la Olimpiada CXXI, en el año cuatro veces MCLVII de la creación del mundo, según el cálculo hecho por los hebreos; en el LXXIII de la fundación del Imperio Romano y CDXVII de la vuelta del cautiverio de Babilonia; siendo cónsules Lucio Pisinio, Pontífice Romano; Mauricio Sáurico, procurador de la Invencible, y Valerio Palestino, gobernador de Judea; Regente y Gobernador de la ciudad de Jerusalén Flavio Quarto, presidente gratissimus; gobernador de la Baja Galilea, Poncio Pilato; Anás y Caifás, patriarca y gran sacerdote; guardián del templo, Ales Mados, y centuriones, Quinto Cornelio Sublimo y Sexto Pompilio; el XVV de marzo.
Yo, Poncio Pilato, representante del Imperio Romano, en este palacio de Lardú, nuestra residencia, juzgo, sentencio y condeno a la pena de muerte a Jesús, llamado el Cristo Nazareno, del país de Galilea, hombre de la ley Mosaica, sedicioso contra el Emperador Tiberio César; y en razón de ello decido que sufrirá dicha pena sobre cruz, como culpable de haber congregado a muchas gentes, ricas y pobres, provocando incesantes tumultos en toda la Galilea, titulándose el Hijo de Dios y Rey de Israel, amenazando con la ruina a Jerusalén y al templo sagrado, negándose a pagar tributo al César y osando entrar entre palmas y en triunfo, como un príncipe, en la ciudad y en el Templo divino.
Por tales razones ordeno a mi centurión Quinto Cornelio que conduzca públicamente por las calles de Jerusalén a dicho Jesús, con dos ladrones homicidas, atado y, después de haber sido azotado, vestido de púrpura y coronado de espinas, llevando la cruz sobre sus hombros, a fin de que sirva de escarmiento a los malhechores.
Y todos saldrán por la puerta llamada Antonina e irán hacia el monte llamado de las Calaveras, donde, después de haber sido crucificado el reo, permanecerá expuesto su cuerpo en la cruz, como espectáculo del castigo reservado a los criminales.
Sobre la cruz será colocada la inscripción siguiente, en tres lenguas, hebraica, griega y latina: en hebreo Oloi olidisin; en griego, Jesús Nazarayos; en latín, Iesus Nazarenus, Rex Iudeorum.
Asímismo ordenamos que ninguna persona, cualquiera que sea su clase, ose temerariamente oponerse a la justicia por Nos ejercida en todo su vigor, según los decretos y leyes de los romanos y hebreos, bajo pena de incurrir en los castigos reservados a los que se insurreccionan contra el Imperio.
Han confirmado esta sentencia:
Por las doce tribus de Israel, Rabán, Daniel, Segundo, Juan, Bencias, Baibas, isabel, Presidan.
Por el gran sacerdote, Rabán, Judas, Bonsasalón.
Por los fariseos, Rollet, Simón, Daniel, Braban, Mordagín, Boucertassili.
Por el Imperio Romano y el presidente de Roma, Lucio Sixtilio y Amustio Silio, notario judicial.
Por los gentiles, Nostán y Reotenais."