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El sistema de sanidad brasileño y la contribución de la Defensa Pública

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Agenda 31/07/2013 às 07:04

5. Participación Ciudadano en las políticas públicas de sanidad

En derecho democrático, la participación del ciudadano en el proceso, sea administrativo o judicial, adviene de la garantía constitucional del debido proceso legal (due process of law) y es presupuesto de legitimación de los juicios y de variadas decisiones referentes a policitas públicas de sanidad.

El proceso es, en la teoría del discurso democrático, una institución constitucionalizada, basada en la soberanía popular y en la ciudadanía; condicionante del ejercicio de la jurisdicción en la solución de los conflictos y validadora de la tutela judicacional[3]. En ese sentido, enseña el profesor Rosemiro Pereira Leal:

“No hay proceso, en los procedimientos, cuando el proceso no este, antes, institucionalmente definido y constitucionalizado por los fundamentos normativos de la contradicha, amplia defensa, derecho al abogado y isonomía, aunque el procedimiento se haga en contradictorio, porque el contradictorio hay de ser principio regente (derecho-garantía constitucionalizado) del procedimiento, y no atributo consentido por las leyes ordinarias proceduralistas (codificadas o no) o medida por la actuación jurisdiccional en conceptos y juicios personales de senso  común, de conveniencia o de discrecionalidad del juzgador”[4].

El alcance de la democracia (que presuponte la participación popular) se desarrolla necesariamente por la mejora del proceso y el respecto impostergable a suyos principios institutivos del contradictorio, amplia defensa, isonomía, gratuidad de la defensa de los derechos fundamentales y el derecho a su ejercicio, sea por intermedio de abogado sea por la Defensoría Pública.

La participación social presenta, además de la mera audiencia del usuario, su integración permanente en el proceso de toma de decisiones cuanto a los servicios que integrarán la cartera del SUS; cuales acciones serán priorizadas; en fin, direcciona las acciones y servicios sanitarios al atendimientos de las necesidades y expectativas de la población brasileña.

La participación del usuario asume tres distintas, pero interrelacionadas, abordajes.  Primera, el usuario como destinatario de la política de sanidad tiene el derecho a la amplia información sobre el funcionamiento del servicio; como financiador del sistema, el derecho de fiscalizar la aplicación de los recursos financieros y, por fin, como consecuencia de los dos primeros, como decisor posee los derechos de participar de la toma de decisiones referentes a su salud, a través de la Defensoría Pública como interlocutora; de servicio adecuado y personal; de reclamar de la mala gestión y de ser reembolsado por eventual molestia.


Conclusión

En fin, es a través del proceso de participación ciudadana, que se permite la fiscalidad irrestricta de la constitucional de los juicios y resoluciones administrativas en cuanto producto de la participación discursivo-constructiva de las partes del conflicto[5] y, sobre todo, de las bases democráticas del Estado. Hay, en ese espacio de contenciosidade, la adopción de un criterio critico-discursivo (debido proceso legal) que posibilita fijar la igualdad interpretativa para todos.

Por eso, la implementación del SUS como política nacional de sanidad es responsabilidad también de la Defensoría Pública que tiene, por deber, garantizar la puesta en práctica del derecho a la salud universal, integral y gratuita del brasileño, a través del cumplimiento de tareas administrativas y judiciales.


Referencias Bibliográficas

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BRASIL. Lei Complementar nº 80, de 12 de janeiro de 1.994. Organiza a Defensoria Pública da União, do Distrito Federal e dos Territórios e prescreve normas gerais para sua organização nos Estados, e dá outras providências. Diário Oficial da União, Brasília, 13 jan. 1.994.

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LEAL, Rosemiro Pereira. Relativização Inconstitucional da Coisa Julgada: Temática Processual e Reflexões Jurídicas. Belo Horizonte: Del Rey, 2005.

LEAL, Rosemiro Pereira. Teoria Geral do Processo – primeiros estudos. 8ª ed; rev e atual. Rio de Janeiro: Forense, 2009.

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Saúde, Conselho Nacional de Secretários de. SUS: avanços e desafios. Brasília: CONASS, 2006.

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Notas

[1] Disponible en http://www.portalconass. org.br/pdf/ Retratos%20da %20Sociedade%20Brasileira %20Saude %20Pu%CC%81blica%20Janeiro%202012.pdf, Acceso en 10.01.2012.

[2] Barroso, Luís Roberto. Interpretação e aplicação da constituição. 6. ed. 4. tiragem. São Paulo: Saraiva, 2008, p. 377.

[3] LEAL, Rosemiro Pereira. Teoria Geral do Processo: Primeiros Estudos. 8. ed. Rio de Janeiro: Forense, 2009, p. 38.

[4] Idem, p. 39.

[5] LEAL, Rosemiro Pereira. Teoria Processual da Decisão Jurídica. São Paulo: Landy, 2002, pp. 109/111.


Abstract: This paper presents a brief report about the public health right in Brazil. Also, intent to discuss its great problem such as the massive judicial process that are used to achieve medicines and others health stuff. It comments the public defender’s duty in this process, it means, they must struggle for the success of the public health policy.

Keywords: Public Health. Brazil. Public Defender’s Office. Duty.

Sobre o autor
Leonardo Cardoso de Magalhães

Defensor Público Federal, mestrando em Direitos Humanos, Interculturalidade e Desenvolvimento na Universidade Pablo de Olavide, em Sevilha/Espanha e Especialista em Direito Civil pela Pontifícia Universidade Católica de Minas Gerais.

Como citar este texto (NBR 6023:2018 ABNT)

MAGALHÃES, Leonardo Cardoso. El sistema de sanidad brasileño y la contribución de la Defensa Pública. Revista Jus Navigandi, ISSN 1518-4862, Teresina, ano 18, n. 3682, 31 jul. 2013. Disponível em: https://jus.com.br/artigos/24846. Acesso em: 16 nov. 2024.

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